UNIDAD TÉCNICA DE PROTECCIÓN RADIOLÓGICA

CERTIFICADA DE ACUERDO A LA NORMA ISO 9001:2000

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS QUE DEBEN CUMPLIR LAS INSTALACIONES DE RADIODIAGNÓSTICO

  • Elaboración de normas de actuación en materia de protección radiológica.
  • Gestión del diario de operación.
  • Elaboración y presentación del Informe Anual al Consejo de Seguridad Nuclear (CSN).
  • Existencia de personal acreditado por el CSN en materia de protección radiológica.
  • Realización de revisiones periódicas de la instalación.
  • Llevar un control médico y dosimétrico del personal expuesto de la instalación.
  • Existencia de criterios y/o dispositivos para la inmovilización del paciente durante la exploración radiológica.
  • Las salas en las que se encuentren ubicados los equipos de rayos X, dispondrán de un acceso controlado.
  • En la instalación se debe disponer de prendas plomadas adecuadas para proteger al paciente y al trabajador, en cantidad suficiente para permitir su uso simultáneo.
  • Los equipos de rayos X deberán disponer de documentación que acredite su seguridad en el diseño y fabricación. Antes de su puesta en funcionamiento inicial, debe someterse a una prueba de aceptación previa al uso clínico.
  • La retirada de equipos de rayos X defectuosos será realizada por entidades autorizadas al efecto.

DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA LA DECLARACIÓN DE INSTALACIONES

  • Declaración sobre las previsiones de uso de la instalación y de sus condiciones de funcionamiento.
  • Certificado de homologación (marcado CE y/o Certificación de Conformidad CE) de los equipos de rayos X existentes en la instalación. Prueba de aceptación previa al uso clínico.
  • Certificado de verificación de la instalación expedido por una UTPR.
  • Acreditación en materia de protección radiológica del personal de la instalación.
  • Diario de Operación.

 

 

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